Legalización de Documentos

La Sección Consular de la Embajada de la República del Paraguay en los Estados Unidos Mexicanos, por Ley, sólo puede legalizar documentos comerciales provenientes del país donde posee representación o concurrencia consular, en este caso, México y Guatemala.

 

Los documentos públicos:

1) los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del ministerio público, o de un secretario, oficial o agente judicial.

2) los documentos administrativos.

3) los documentos notariales.

4) las certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como menciones de registro, comprobaciones sobre la certeza de una fecha y autenticaciones de firmas, provenientes de México deben ser apostillados por la Secretaría de Gobernación del Estado mexicano donde se emitió el documento, si provienen de Guatemala deben ser apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país, para que puedan ser presentados en Paraguay, esto implica que ya no es necesario que esos documentos sean legalizados por la Oficina Consular de esta Embajada. Sin embargo, el apostillado NO aplica para:

a) a los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares;

b) a los documentos administrativos que se refieran directamente a una operación mercantil o  aduanera.

 

La Sección Consular no puede legalizar ni apostillar documentos que provengan de Paraguay, ni de otros países donde no posee representación o concurrencia consular. 

 

 

Procedimiento de pago:

El pago debe realizarse por depósito bancario, en la cuenta Scotiabank 00107276346, de la ciudad de México, a nombre de la Embajada de la República del Paraguay, previo cotejo y tasación de los documentos a legalizar, vía correo electrónico. No se aceptarán pagos en efectivo.